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Floods

El par de gráficos que sigue da cuenta de los perfiles de las grandes cuencas, en escala que, a pesar de los millones de años en sedimentos depositados, aún muestra el "brazo de Tetis", atravesando Sudamérica de Norte a Sur .

Los que siguen a éstos ya dan cuenta de las alturas de las aguas, ya sea por anunciadas crecidas del mar debidas al cambio climático, o por simples sudestadas que ya han dejado recuerdos de alcanzar los 5,24 m s/n/m.

Las riberas estuariales de la CABA muestran resistir con bastante fortuna los embates de crecidas de 5 m, probando que las cotas de las acreencias costaneras urbanas superan con largueza esa cota histórica.

Las últimas obras de defensa del Riachuelo se hicieron con soporte de cálculo en eventos de 100 años de recurrencia y resultaron fundadas por encima de los 5 metros.

La ley 6254 en su art 4º señala: Los pisos de los locales habitables deberán tener una cota no inferior a + 4,00 I. G. M. Nada de lo construído en los nuevos barrios cerrados en planicie intermareal respeta esta ley.

Los gráficos que siguen apuntan en su mayoría a las cotas de 4, 5 y 7 m sobre el nivel del mar y muestran en cada caso el nivel de vulnerabilidades a que están expuestos estos suelos y sus habitantes.

En adición a los problemas ambientales que generan las inundaciones, cabe mirar por las distorsiones que proyectan las modelaciones matemáticas en oportunidad de modelar flujos máximos y fundar con ellos obranzas que atentan en directo contra los equilibrios de las dinámicas de los flujos ordinarios mínimos a cargo de dispersar nuestras miserias en tarea diaria que desde hace décadas ha quedado abandonada, merced a sarcófagos con pretensiones "hidráulicas" han vedado toda transferencia por costas blandas y bordes lábiles de las energías convectivas acumuladas en los esteros y bañados aledaños a todo tipo de sangrías.

Rellenos, caminos y tablestacados en todas las riberas de los cursos tributarios estuariales urbanos, se han ocupado de liquidar las transferencias de esas energías; las únicas a cargo de dinamizar los flujos ordinarios mínimos de estos cursos de agua en planicies extremas.

Por eso, al problema ambiental se suma la indiferencia del que correspondería mirar en primer término: arts 2º, inc e y 6º, par 2º de la ley Gral del Ambiente. Presupuestos mínimos que señalan la obligación de mirar 1º por los equilibrios de las dinámicas de los sistemas ecológicos; y tan sólo en 2º lugar mirar por los temas "generales" del ambiente y sus declamadas sustentabilidades.

Todos nuestros enfoques y reclamos ponen siempre la carreta ambiental delante del buey; sin la irremplazable consideración ecológica fundada en enlaces y soportes termodinámicos. Ver la voz "ecosistema" en el glosario de la ley 11723.

Francisco Javier de Amorrortu

 

Antropoignorancia, consciente o no. Los que deciden cierran los ojos y firman décadas y décadas de especulación inmobiliaria, a cambio de un pedazo de torta que mandan afuera, a paraísos fiscales sin adanes ni evas.

Luego van e inauguran el infierno cuando el agua está baja. Infiernos que cuando las casas se inundan no extinguen sus llamas. 

No hay palabras, hay decretos y decretos donde, sin mojarse, se lavan las manos.

Miguel Nisnovich

 

“Manejarse con incertidumbre y riesgo es parte de la condición humana.

Es por ello que, mientras el riesgo sin el conocimiento es peligroso, el conocimiento sin el riesgo es inútil.”

F. Mayor (1997)

Interpreto esta frase de Mayor como refiriendo de aquellos sujetos que teniendo conocimientos no ponen empeños en sembrar utilidad con ellos. FJA

 

Expreso control de convencionalidad que en el marco del sistema de vasos comunicantes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos regala acceso al mejor derecho.

Que en este caso rescatamos del Artículo 420 bis del CODIGO PENAL FEDERAL de la República de Méjico que nos señala: Se impondrá pena de dos a diez años de prisión y por el equivalente de 300 a 3.000 días multa, a quien ilícitamente: I. Dañe, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas, esteros o pantanos.

Altimetrías de crecidas estuariales