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Atados legales, jurisprudenciales y de cosmovisión

No refiero a ataduras, sino a manojos más o menos blandos cuyas referencias cruzadas permitan acariciar consecuencias prudentes y provechosas.

Así por caso tenemos, en pequeños cuerpos legales provinciales y nacionales, apoyos mínimos donde comenzar a entrecruzar estas relaciones.

Tanto el art 2° y 3° de la ley nacional 25688, como el art 39 de la ley provincial 11723, nos relacionan cuencas y unidades de gestión ambiental. El art 2° de la ley 25688, en particular, nos señala a las endorreicas, como una de tales.

El ARTICULO 2° de la Ley 25688 de presupuestos mínimos sobre Régimen Ambiental de Aguas nos señala: A los efectos de la presente ley se entenderá:

Por agua, aquélla que forma parte del conjunto de los cursos y cuerpos de aguas naturales o artificiales, superficiales y subterráneas, así como a las contenidas en los acuíferos, ríos subterráneos y las atmosféricas.

Por cuenca hídrica superficial, a la región geográfica delimitada por las divisorias de aguas que discurren hacia el mar a través de una red de cauces secundarios que convergen en un cauce principal único y las endorreicas.

Identificando a las áreas endorreicas como unidades de gestión.

ARTICULO 3° de la Ley 25688: Las cuencas hídricas como unidad ambiental de gestión del recurso se consideran indivisibles.

Precisión que también señala, reitero, el art 39 de la ley 11723, TÍTULO III.  Disp. especiales CAP. I  DE LAS AGUAS que refiere de las mismas consideraciones sobre “Unidad de Gestión”.

El caso es que, más de un punto de vista técnico mueve a sospecha de que el Riachuelo-Matanzas pudiera conformar una cuenca endorreica, con entradas y salidas diarias de advecciones mareales; pero no de aguas de la cuenca, salvo ínfimos caudales.

Podríamos entonces, como de hecho hacemos, darle un tratamiento acorde a una unidad de gestión ambiental de carácter propio.

Pero en este caso, la palabra “carácter” vendría cargada no de señales “propias” como la palabra requiere, sino de señales ajenas a su condición “natural”.

Podríamos hablar del carácter humano del Riachuelo, pues hemos sido los que forjamos su horrible destino.

Pero si quisiéramos rescatar su carácter “natural” originario y no menos original (ya lo veremos, pues tiene mucho para decirnos), entonces debemos remontarnos a mirar lo que perdió de su carácter natural.

La particular referencia a las cuencas endorreicas que nos acerca el art 2° de la ley nacional 25688, de una u otra forma nos acerca a la riquísima perspectiva que despiertan en nos, tanto las cuencas endorreicas de grandes llanuras, como los cursos de agua de las grandes llanuras; incluyendo los estuarios, su ámbito mayor sosteniendo mayúsculos caracteres comunes.

Aquí no es posible seguir operando con mecánica de fluidos porque está visto que el componente térmico es ajeno a sus miradas y principios.

La misma termodinámica ha quedado para muchos, prisionera de la mecánica de fluidos, sacando torpes provechos de los procesos convectivos externos representados en nuestro imaginario por todo tipo de motores a explosión, donde la convección externa deja de ser un proceso natural, para sacar resultados forzados.

Aquello que hace un par de siglos pudiera haber aparecido genial, hoy cabe advertirlo como propio de una de nuestras habituales cegueras y torpezas.

Cegueras y torpezas todas, hijas de un niño malcriado de carácter inercial llamado “mercado”. Y éste, hijo de nuestra naturaleza humana y petrolera llena de avideces y apremios dispuestos a sacrificar todas las delicadezas.

Incluídas las de abrir conocimientos que sacudan sus conquistas y sus inercias. Lo que ayer fue un regalo, hoy pudiera ya no serlo. Su desinstalación, voluntaria u obligada, no parece ser lo mismo.

Los embarcados en la portentosa y muy antigua nave de la mecánica de fluídos no parecen animados, ni obligados, ni dispuestos a mirar los suaves procesos convectivos naturales internos y los procesos convectivos naturales externos , herederos oportunos de los flujos de los anteriores;

que no operan por explosión, sino por apropiada oportunidad de gestión cuando sus gradientes térmicos se lo permiten.

Por ello, hasta la misma termodinámica merecería miradas aplicadas a mayores delicadezas; muy distintas, incluso, a las que operan en fórmula 1.

La misma fórmula 1 sacaría provechos que hoy desesperan con mirada sólo puesta en aerodinámica. Si le unieran mirada a fina termodinámica, otro sería el rendimiento de sus perfiles alares.

Hasta una simple bomba centrífuga reconocería en estos enlaces y en sus dos funciones aspirante-impelente, provechos de suavidad y eficiencia, hoy inimaginables.

La corriente cálida del Golfo y la salida del Mississippi hablan de ello.

Pero cuánta calma y voluptuosidad creativa deberá acompañar a ese descenso de la prepotente mecánica para apoyarse en esferas paralelas, que sólo con delicadeza se abren para llenarnos de sorpresas.

Nuestros modeladores matemáticos del INA y de la UBA ya están dando paso a reconocimientos implícitos en las geometrías de los segmentos de flujo, cuando reconocen en las voces “dispersión vertical, lateral y longitudinal” la existencia de miradas a flujos no sólo distintivos, sino dables a mirar en profundidad con herramientas muy distintas a las de mecánica de fluidos.

Cultivarlas en laboratorios apropiados y desarrollar modelos matemáticos llevará su tiempo; pero es la mirada combinada la que originará las sorpresas a las que por ende aplicaremos nuestro tiempo y confianza.

El fenómeno eurístico es un regalo personal. Y no hay que esperar a que todos lo sientan.  Llega y crece dándose a trabajar desde los sueños del Alba.

En silencio, nuestros modeladores matemáticos, ya son concientes de ello.

Han expresado todo lo necesario para respetarlos, sin necesidad de refregarles por las narices sus carencias para seguir operando con honestidad y acierto. Hoy están shockeados por el universo que se les abre. Y es bueno que así se sientan.

Es mucho mejor sostener actitud expectante que estar como el niño caprichoso y prepotente del mercado, dando rienda suelta a sus hábitos, cambiando reglas y degradando la doctrina de los actos propios, de acuerdo sean sus necesidades. Él se imagina siempre patrón de todas las medidas.

Volviendo a nuestras cuencas endorreicas y/o cuencas de llanura extrema y/o estuarios, ya cabe imaginarnos en cuánto están atados;

a pesar de conformar unidades ambientales de gestión que intentan ser mirados, aislados de sus vecindades. Vecindades, que si la menor duda, les dan una mano y reciben favores a cambio.

Así por caso, el carácter endorreico del Riachuelo-Matanzas, aunque no reconocido (pues nadie habla de que carezca de flujos), es tratado como tal;

como si se tratara de una unidad de gestión ambiental a la que aplicamos miradas de cuidado y saneamiento;  sin pensar, ni sospechar lo que pasa y relaciona vital con el estuario.

La disposición de la Justicia de tomar las riendas de todos estos asuntos, aún no ha advertido que la suerte del Riachuelo-Matanzas está atada a su hermana mayor, la deriva litoral que normalmente se manifiesta en los primeros 150 a 180 mts de la ribera estuarial.

No hablamos de los reflujos, pues no es necesario apuntar  a lo que todos saben. Sino a aquella, que por motivos de carencia instrumental para su estudio, ha quedado pendiente del más elemental de los reconocimientos.

A esta deriva litoral le sumamos la falta de delicadeza para apreciar los procesos convectivos naturales internos que en ella se manifiestan; y sus elementales funciones y provechos, para en este caso concreto, asistir algún día salida a los primeros pulsos de Vida del Riachuelo.

Hoy están tratadas las cosas, repito, como si la cuenca fuera endorreica. Y por ello todos se aplican a tareas dentro de la cuenca y no fuera de ella. No a su salida inmediata; a esa relación que le permita comenzar a respirar abriéndole la boca. Y no se trata de hacerla más grande; sino más original.

Así como un área endorreica pudiera descubrir su carácter “natural” propio; así pudiera, repito, descubrir su impropiedad si no fuera natural.

En el caso del Riachuelo, la descubriremos sólo viendo cómo se repiten después de 140 años las mismas historias de fracasos, -que me apena augurar- habiendo disposición a tantos mayúsculos esfuerzos.

El día que descubran que esa cuenca está atada a la suerte de la deriva litoral y a las convecciones internas que en sus aguas someras en silencio rotan y navegan, ese día se caerán de espaldas y se levantarán con más presteza que nunca.

Hacer esfuerzos gozosos en solitario para acercar estas vivencias y anticiparlas como experiencias en ediciones en la web, es mi tarea diaria desde hace tres años.

Un poco menos gozoso por las dificultades procesales alejadísimas de los provechos que la cibernética hoy a todos regala, me fue acoplando a la tarea de mirar los cuerpos legales y las necesidades de enriquecer miradas a ellas y a poco aspirar a acciones declarativas jurisprudenciales que las fertilicen.

Cuando desde los presupuestos mínimos apunten a las unidades de gestión ambiental, haya lugar a interrogantes que revalúen la importancia de la boca de salida por donde el conflicto, el muerto o como quieran llamarlo, respira.

Si este curso de agua no cruza la línea de llegada, denlo por muerto.

Si imaginan que este curso de agua respirará aliviado porque nadie en absoluto le vuelca una sola gota de miserias, pues tendrán que esperar varias décadas para que todos sus mantos freáticos y riberas, polucionados por dos siglos, resuelvan  cómo hacerse cargo de un ecosistema endorreico "no natural".

Jamás he pensado en esa posibilidad; porque aunque el sueño de que nadie lo hiera fuera posible, no he cultivado criterios de limnología básicos para imaginar esa reparación en mantos freáticos y riberas saturados con todo tipo de venenos durante 222 años.

Mucho más sencillo ha sido mirar las ventajas de que su imprescindible salida a la unidad de gestión ambiental inmediata, se active.

Y no veo otra forma de generar esa actividad que por la relación que fundan todas las bocas de salida naturales de tributarios estuariales del planeta, con la deriva litoral y las convecciones internas que en ella operan.

El ARTICULO 4° de la ley 25.688 de presupuestos mínimos sobre Régimen Ambiental de Aguas es el resorte para fundar esa necesaria relación.

Créanse, para las cuencas interjurisdiccionales, los comités de cuencas hídricas con la misión de asesorar a la autoridad competente en materia de recursos hídricos y colaborar en la gestión ambientalmente sustentable de las cuencas hídricas. La competencia geográfica de cada comité de cuenca hídrica podrá emplear categorías menores o mayores de la cuenca, agrupando o subdividiendo las mismas en unidades ambientalmente coherentes a efectos de una mejor distribución geográfica de los organismos y de sus responsabilidades respectivas.

Tras haber repetido demasiadas veces esta advertencia, siento por hoy la necesidad de descansar.

Antes de concluir incluyo la referencia a los 10 parágrafos del art. 5°de la ley 25.688 de presupuestos mínimos sobre Régimen Ambiental de Aguas, porque conforma la primera intención normativa sobre la materia de los flujos, a la que a poco alcanzaremos extensiones a razones fácticas y axiológicas para seguir avanzando en la noche estelar.

ART. 5°- Se entiende por utilización de las aguas a los efectos de esta ley:

a) La toma y desviación de aguas superficiales;

b) El estancamiento, modificación en el flujo o la profundización de las aguas superficiales;

c) La toma de sustancias sólidas o en disolución de aguas superficiales, siempre que tal acción afecte el estado o calidad de las aguas o su escurrimiento;

d) La colocación, introducción o vertido de sustancias en aguas superficiales, siempre que tal acción afecte el estado o calidad de las aguas o su escurrimiento;

e) La colocación e introducción de sustancias en aguas costeras, siempre que tales sustancias sean colocadas o introducidas desde tierra firme, o hayan sido transportadas a aguas costeras para ser depositadas en ellas, o instalaciones que en las aguas costeras hayan sido erigidas o amarradas en forma permanente;

f) La colocación e introducción de sustancias en aguas subterráneas;

g) La toma de aguas subterráneas, su elevación y conducción sobre tierra, así como su desviación;

h) El estancamiento, la profundización y la desviación de aguas subterráneas, mediante instalaciones destinadas a tales acciones o que se presten para ellas;

i) Las acciones aptas para provocar permanentemente o en una medida significativa, alteraciones de las propiedades físicas, químicas o biológicas del agua;

j) Modificar artificialmente la fase atmosférica del ciclo hidrológico.

Algo el amanecer del Riachuelo en estas materias nos enseñará; para tallar paso a paso, en especificidad y responsabilidad, sus razones y utilidad.

Mil Gracias Querida Alflora

Francisco Javier de Amorrortu, 23/9/08

The future belongs to those who believe in the beauty of their dreams . Eleanor Roosevelt